De cara a la oposición de una ejecución de un préstamo impagado instado por una entidad financiera contra un prestatario es muy interesante la sentencia de la audiencia provincial de León, que establece que no se puede por parte del Banco reclamar comisiones por concesión de un préstamo. Sí que caben por la apertura de expediente para prepararla. Con esta oposición se obtienen varios beneficios para el prestatario:
- Aminoras el importe de la reclamación bancaria (el importe reclamado por comisión de apertura).
- Eludes la condena en costas, lo que es una cantidad muy importante.
- Demoras el lanzamiento de la vivienda en caso de tratarse de un préstamo con garantía hipotecaria.
Dichos beneficios serían de aplicación para el caso que el criterio del juzgado fuera el mismo que el de la audiencia provincial de León. Lógicamente.
SAP León nº 31/2018 Sección 1ª 01/02/2018