El texto regula los contratos de compra-venta y permuta, cesión de solar y aprovechamiento urbanístico a cambio de construcción futura, entre otros. Interesante es la regulación de la compra-venta. El código tiene en cuenta la capacidad del comprador de echarse atrás en caso que el contrato prevea la financiación de la compra por una entidad de crédito y, finalmente, ésta no lo conceda. Se regulan también los contratos de custodia del territorio, el de alimentos o el de pensión vitalicia.
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